Tribunal suspende temporalmente el nombramiento de Juan Carlos Florián como Ministro de la Igualdad

Bogotá, 15-16 de septiembre de 2025.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una demanda que evidencia presunto incumplimiento de la Ley de Cuotas en el gabinete del presidente Gustavo Petro, y ordenó la suspensión provisional del nombramiento de Juan Carlos Florián Silva como Ministro de Igualdad y Equidad.


🔍 ¿Qué sostiene la demanda?

  • El estudio jurídico de la demanda, presentada por Juan Manuel López Medina, señala que el Decreto 0892 del 11 de agosto de 2025 —mediante el cual Florián fue designado— vulnera la Ley 2424 de 2024 y el Decreto 859 de 2025. Estas normas exigen que al menos el 50 % de los cargos de máximo nivel decisorio dentro del sector público estén ocupados por mujeres.

  • Según el recuento presentado por el demandante, con la designación de Florián se producía un escenario en el gabinete en el que había 19 carteras, de las cuales solo 9 estaban ocupadas por mujeres, lo que significaría un 47,4 % de representación femenina.


⚖️ Decisión judicial provisional

  • El Tribunal decretó una medida cautelar: suspensión provisional de los efectos del Decreto 0892 que lo nombra como ministro, mientras se adelanta la revisión de fondo del caso.

  • La decisión fue tomada por los magistrados de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que estimaron que hay mérito suficiente para investigar si la designación no respeta la paridad de género exigida por ley.


🛡️ Defensa del Gobierno y de Florián

  • Ante la suspensión, el Gobierno afirma que cumple con la ley de cuotas. El ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló que la situación jurídica cambiaría con la designación de una nueva ministra para el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), asegurando que con ese nombramiento se alcanzaría la proporción exigida legalmente.

  • Florián, por su parte, ha manifestado identificarse con género fluido, argumentando que no se ajusta completamente a la categoría binaria tradicional hombre-mujer, lo que para él debe tenerse en cuenta al aplicar las normas de cuota.


📌 Implicaciones y lo que sigue

  • La suspensión implica que, hasta que se profiera un fallo definitivo, Florián queda fuera del ejercicio formal del ministerio, dejando su despacho en interinidad.

  • El caso pone en debate la forma en que se aplica en la práctica la Ley de Paridad de Género, especialmente en casos excepcionales de identidades de género diversas o no binarias.

  • También genera un precedente institucional: los nombramientos ministeriales deberán ser analizados con mayor detalle no solo en la conformación inmediata del gabinete, sino también en la manera como las identidades de género y los derechos asociados son reconocidos legalmente.


✅ Conclusión

La suspensión provisional del nombramiento de Juan Carlos Florián no es simplemente una acción jurídica más, sino un pulso institucional sobre paridad, identidad y legalidad. Esta decisión invita al Ejecutivo a reflexionar: los compromisos legales no pueden postergarse ni ajustarse después como correcciones, sino cumplirse de entrada, con transparencia y respeto.

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